Profeco impone reglas a boleteras

Profeco publica reglas obligatorias para venta de boletos en conciertos y fija sanciones por incumplimientos a proveedores

Profeco impone reglas a boleteras
Profeco exige transparencia total en venta de boletos y publicidad de conciertos masivos en México

Profeco emitió lineamientos obligatorios para la promoción y venta de boletos en conciertos masivos en México. La medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y establece nuevas reglas para promotores y boleteras. El objetivo es garantizar transparencia en la información. También busca proteger los derechos de las personas consumidoras.

El acuerdo está fundamentado en la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor. Las disposiciones son de cumplimiento obligatorio. Las empresas del sector deberán ajustar sus procesos de venta. La supervisión estará a cargo de la autoridad correspondiente.

¿Qué información deberán publicar antes de vender boletos?

Las empresas deberán informar con al menos 24 horas de anticipación a la primera venta de boletos todos los detalles del evento. Esto incluye fecha, lugar, artistas participantes y horarios oficiales. También deberán publicar términos y condiciones de forma clara. La información deberá estar disponible antes de cualquier compra.

Profeco estableció que esta información debe ser accesible y verificable. No podrá presentarse de manera ambigua ni incompleta. Las personas consumidoras deberán conocer las condiciones reales del evento. La publicidad deberá coincidir con lo que se ofrece en la venta.

¿Cómo deberán mostrarse los precios al público?

Profeco determinó que el monto total a pagar deberá mostrarse desde el inicio del proceso. El precio deberá incluir impuestos, comisiones y cualquier cargo adicional. No se permitirán cobros ocultos. Tampoco incrementos posteriores al monto anunciado.

Las boleteras deberán evitar prácticas comerciales coercitivas. No podrán integrar cargos adicionales sin consentimiento expreso. El consumidor deberá conocer el precio final antes de confirmar la compra. La información deberá ser clara y oportuna en todo momento.

¿Qué obligaciones existen sobre mapas y asientos?

Las empresas deberán publicar el mapa o plano del evento. En ese documento se identificarán de manera distintiva las secciones disponibles. También se indicará el número de asientos por cada zona. La finalidad es ofrecer claridad sobre la disponibilidad real.

Profeco indicó que esta medida busca evitar confusión en la asignación de lugares. Las plataformas deberán mostrar información precisa. El consumidor deberá visualizar la sección seleccionada. La descripción deberá coincidir con el boleto adquirido.

¿Qué reglas aplican a filas virtuales y sistemas automatizados?

Cuando se utilicen filas virtuales, turnos electrónicos o procesos automatizados, las boleteras deberán explicar su funcionamiento. La información deberá estar disponible antes de ingresar al sistema. Se deberá advertir que el acceso no garantiza la compra. La permanencia tampoco asegura disponibilidad.

Profeco señaló que los sistemas deberán protegerse contra bots. Las plataformas deberán implementar medidas para evitar compras masivas automatizadas. El objetivo es impedir la duplicidad de entradas. También se busca asegurar condiciones equitativas de acceso.

¿Cómo deben manejarse los paquetes VIP y servicios adicionales?

En el caso de paquetes que incluyan servicios complementarios, las empresas deberán informar con claridad qué incluyen. La información deberá ser completa y verificable antes de la compra. El precio total deberá especificarse desde el inicio. No podrán integrarse cargos sin autorización expresa.

Profeco estableció que los servicios adicionales deberán ser opcionales. El consumidor decidirá si desea adquirirlos. No podrán preseleccionarse de manera automática. Esta disposición aplica para paquetes VIP y otros beneficios adicionales.

¿Qué sucede si el evento se cancela?

Si el concierto se cancela, el promotor o la boletera deberá informar los métodos de devolución. El reembolso será por el mismo monto pagado. Además, cuando proceda y sea exigido, la bonificación no podrá ser inferior al 20 por ciento. Esto conforme a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Profeco recordó que las devoluciones deberán realizarse bajo los términos establecidos en la normativa. La empresa deberá comunicar los pasos a seguir. También los plazos para recuperar el dinero. La información deberá difundirse de manera clara.

¿Cómo verificará la autoridad el cumplimiento?

Profeco podrá requerir información y documentación a promotores y boleteras. El objetivo es verificar el cumplimiento de los lineamientos. Las empresas deberán atender los requerimientos oficiales. La supervisión será conforme a la legislación vigente.

Las infracciones derivadas del incumplimiento serán sancionadas según los capítulos XIII y XIV de la ley. Las multas y medidas administrativas se aplicarán conforme a la normativa. El acuerdo entró en vigor el día de su publicación. Las disposiciones ya son obligatorias.

¿Qué impacto tiene esta regulación en el mercado?

Profeco busca generar mayor certidumbre jurídica en la compra de boletos para espectáculos masivos. Las nuevas reglas establecen criterios claros para la publicidad. También fijan obligaciones específicas en materia de precios y devoluciones.

Con estos lineamientos, Profeco refuerza su facultad de vigilancia en el sector. Las empresas deberán garantizar transparencia en cada etapa de la venta. El consumidor contará con mayor información antes de pagar. Las reglas aplican en todo el territorio nacional.

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