Servicios funerarios IMSS: Requisitos exactos para contratarlos

Servicios funerarios IMSS están disponibles para todo público. Conoce quién puede contratarlos, qué requisitos necesitas y cuándo existe ayuda para gastos funerarios.

Servicios funerarios IMSS: Requisitos exactos para contratarlos
Servicios funerarios IMSS: Requisitos exactos para contratarlos

Los servicios funerarios IMSS pueden ser contratados por cualquier persona, incluso si no es derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social. Esta prestación social está disponible para el público en general y contempla distintas opciones de atención, entre ellas velación en capilla o domicilio, cremación, traslados y apoyo para realizar trámites relacionados con el fallecimiento.

De acuerdo con información oficial del IMSS, sus Velatorios brindan atención las 24 horas del día, los 365 días del año. Actualmente, el Instituto cuenta con 18 instalaciones distribuidas en 15 entidades federativas, por lo que las personas interesadas pueden consultar cuál es la sede más cercana y los servicios disponibles antes de realizar la contratación.

¿Quiénes pueden contratar los servicios funerarios IMSS?

La respuesta es amplia: los servicios funerarios del IMSS están dirigidos al público en general. Esto significa que no es indispensable contar con afiliación o ser derechohabiente para solicitar un paquete funerario y cubrir la cuota de recuperación correspondiente.

Los servicios pueden incluir velación en capilla o domicilio, servicio directo local, traslados, preparación estética o embalsamamiento, cremación en las unidades que cuentan con esta opción y apoyo en gestoría legal y administrativa. La disponibilidad de cada servicio puede variar dependiendo del velatorio.

Para contratar un servicio funerario, el IMSS señala que se debe acudir al Velatorio correspondiente y presentar el certificado de defunción, además de una identificación oficial. Posteriormente, el solicitante debe elegir el paquete y los artículos funerarios que requiera, recibir el presupuesto y cubrir el costo de los servicios contratados conforme a las condiciones establecidas.

Es importante distinguir entre contratar un servicio funerario y solicitar la Ayuda para Gastos de Funeral. Son beneficios diferentes. El primero está abierto al público, mientras que la segunda es una prestación económica que puede corresponder cuando fallece una persona asegurada o pensionada que cumple con los requisitos establecidos por el Instituto.

¿Quién puede solicitar la Ayuda para Gastos de Funeral?

La ayuda económica para servicios funerarios IMSS está destinada a cubrir parte de los gastos derivados del fallecimiento de un asegurado o pensionado del IMSS. Para tener derecho, el asegurado fallecido debe haber estado vigente en sus derechos al momento del deceso y contar con al menos 12 semanas de cotización dentro de los nueve meses anteriores al fallecimiento. Este requisito de semanas no aplica cuando la muerte ocurre como consecuencia de un riesgo de trabajo.

En el caso de una persona pensionada, el IMSS establece que debe haber estado vigente en sus derechos. La prestación se determina considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) correspondiente a la fecha del fallecimiento.

Para realizar el trámite se requiere presentar documentación que acredite el fallecimiento y los gastos realizados. Entre los documentos solicitados se encuentra la factura o documento fiscal que compruebe el pago de servicios funerarios, además de la documentación correspondiente al asegurado o pensionado fallecido.

El IMSS también contempla la posibilidad de que, cuando los servicios funerarios sean contratados directamente en sus Velatorios, el contrato de prestación de servicios funerarios pueda sustituir la factura de gastos para efectos de solicitar la aplicación de la ayuda al costo total del servicio, conforme a las condiciones del trámite.

Por ello, quienes necesiten contratar un servicio no deben asumir que la afiliación al IMSS es un requisito. Cualquier persona puede solicitar los servicios funerarios, mientras que la ayuda económica depende de la situación del asegurado o pensionado fallecido y del cumplimiento de los requisitos oficiales.

Para conocer ubicaciones, costos vigentes y disponibilidad de servicios, se recomienda consultar directamente la información publicada por el IMSS y acudir al Velatorio correspondiente antes de contratar.

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