A lo largo de la vida laboral, muchos trabajadores en México pasan del sector público al privado o viceversa, y por lo tanto, terminan cotizando tanto en el IMSS como en el ISSSTE.
Este cambio, que suele verse como algo normal, puede marcar una diferencia al momento de pensionarse. Para resolverlo existe un mecanismo llamado portabilidad de derechos, que en 2026 se mantiene como una opción vigente para mejorar el acceso y el monto de la pensión.
¿Qué es la portabilidad de derechos IMSS-ISSSTE?
Desde 2023, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) formalizó la colaboración entre el IMSS y el ISSSTE para reconocer la trayectoria laboral completa de las personas que han cotizado en ambos institutos.
La portabilidad de derechos permite sumar los periodos de cotización del sector público y privado, siempre que no hayan sido simultáneos, con el objetivo de cumplir los requisitos mínimos para pensionarse o aumentar el monto final de la pensión.
En términos prácticos, las instituciones intercambian información y validan los años trabajados, reduciendo trámites y evitando que las cotizaciones “se pierdan” por haber cambiado de régimen laboral.
¿La portabilidad es lo mismo que unificar cuentas?
No. Aunque suelen confundirse, son procesos distintos. La unificación de cuentas la realiza la Afore y sirve para concentrar los recursos económicos en una sola cuenta individual.
Mientras que la portabilidad de derechos, en cambio, es el reconocimiento legal de los años de servicio cotizados ante IMSS e ISSSTE.
Ambos mecanismos persiguen el mismo fin, el mejorar las condiciones de retiro, pero uno reconoce tiempo y el otro integra dinero.
¿Quiénes pueden solicitar la portabilidad en 2026?
Este trámite está disponible para quienes hayan cotizado en ambos institutos y se encuentren bajo alguno de estos regímenes: Cuentas Individuales del ISSSTE (Ley 2007) o Ley 73 o 97 del IMSS. Además, se requiere tener al menos 60 años y contar con el tiempo de cotización acreditado en ambas instituciones.
En el caso de pensiones bajo Ley 73 del IMSS, también es necesario estar dentro del periodo de Conservación de Derechos.

¿Cómo se tramita la fusión de cotizaciones?
El proceso inicia solicitando la constancia de periodos reconocidos IMSS-ISSSTE, documento que valida los años cotizados en ambos sistemas.
Una vez cumplidos los requisitos, la solicitud debe presentarse en el instituto donde se cotizó por última vez.
Si el último empleo fue en el sector privado, el trámite se realiza ante el IMSS, ya sea en la subdelegación correspondiente o a través de IMSS Digital. Si el último empleo fue en el sector público, se debe acudir a las subdelegaciones de prestaciones del ISSSTE.
Durante el trámite se solicita identificación oficial, CURP, comprobantes del régimen de pensión y el último estado de cuenta de la Afore correspondiente. El plazo de resolución es de aproximadamente 30 días hábiles.
¿Qué pasa después de la portabilidad?
Una vez autorizada la transferencia de derechos, el trabajador puede iniciar el trámite de pensión en el instituto donde realizó la solicitud. Para ello, es indispensable estar dado de baja de cualquier régimen obligatorio de cotización, incluida la continuación voluntaria.
Este paso final es clave, ya que consolida legalmente los años trabajados y los recursos acumulados para calcular la pensión definitiva.