El plazo para que las empresas presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025 vence el 31 de marzo de 2026. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que las personas morales deben cumplir en tiempo y forma para evitar sanciones económicas y recargos.
En el caso de las personas morales sin fines de lucro, la fecha límite es el 16 de febrero de 2026. Para el resto de los contribuyentes del Título II de la Ley del ISR y quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el plazo concluye el 31 de marzo.
Cambios para la Declaración Anual para empresas en 2026
El SAT informó que la plataforma para la Declaración Anual de personas morales cuenta con información precargada que facilita el llenado. Entre los datos disponibles se encuentran los pagos provisionales realizados durante el ejercicio, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada, retenciones de ISR por sueldos, arrendamiento o RESICO, así como CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
También incluye remanentes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
Si la empresa necesita modificar algún dato precargado, deberá presentar declaraciones complementarias. Cuando exista un saldo a cargo, los cambios se reflejan 48 horas después del pago; si el resultado es en ceros, la actualización puede verse en 24 horas.
Para enviar la declaración es indispensable contar con e.firma vigente y servicio de banca electrónica, ya que cualquier saldo a cargo debe pagarse mediante transferencia a bancos autorizados.
Multas por no presentar la Declaración Anual
No cumplir con esta obligación puede generar sanciones económicas. Las multas por no presentar la Declaración Anual o hacerlo fuera de plazo pueden ir desde varios miles hasta más de 30,000 pesos, dependiendo de la gravedad y reincidencia, además de recargos y actualizaciones por impuestos no pagados.
Si la autoridad detecta omisiones o inconsistencias, también puede imponer multas adicionales y requerimientos formales. En casos graves, la falta reiterada puede derivar en restricciones temporales del certificado de sello digital, lo que impide emitir facturas electrónicas.

¿Cómo presentar la Declaración Anual paso a paso?
Las empresas deben ingresar al portal del SAT con su RFC y Contraseña o mediante la e.firma. Si no cuentan con contraseña, pueden tramitarla en SAT ID. Para obtener la e.firma por primera vez, es necesario agendar cita y acudir a oficinas.
La documentación requerida depende del régimen fiscal. Es importante contar con facturas electrónicas, constancias de retención, estados de cuenta y comprobantes que respalden ingresos y deducciones autorizadas.
Las deducciones correctamente registradas pueden disminuir el impuesto a cargo o generar un saldo a favor. En caso de saldo a favor, el SAT puede realizar la devolución automática si no existen inconsistencias. Si se detectan diferencias, será necesario presentar una solicitud manual con documentación adicional.
Recomendaciones para evitar sanciones
Revisar anticipadamente los ingresos, pagos provisionales y deducciones permite detectar errores antes de enviar la declaración. También es fundamental verificar que la e.firma esté vigente y que los datos bancarios estén actualizados.
Ante cualquier duda, se recomienda consultar a un contador o asesor fiscal para evitar omisiones que puedan derivar en multas.
Cumplir con la Declaración Anual no solo evita sanciones, sino que permite mantener en regla la situación fiscal de la empresa y aprovechar posibles beneficios o devoluciones.