Aunque la Ley del ISR establece que los ingresos recibidos por herencia o legado están exentos del pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR), existe una obligación que muchos contribuyentes pasan por alto al momento de recibir una herencia y es el informar determinados montos en la declaración anual y conservar documentos que permitan demostrar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de dónde provienen los recursos.
El error más importante es pensar que, por tratarse de dinero o bienes exentos, no es necesario reportarlos ni conservar evidencia de la operación. El SAT establece reglas específicas para estos casos y el incumplimiento puede generar problemas al momento de comprobar el origen de los recursos.
¿Las herencias pagan impuestos al SAT?
El artículo 93 de la Ley del ISR señala expresamente que las cantidades recibidas por herencia o legado no pagan ISR. Esto significa que recibir una casa, dinero, inversiones u otros bienes mediante una herencia no convierte automáticamente ese patrimonio en un ingreso gravado.
Las donaciones también pueden estar exentas, aunque las condiciones dependen del parentesco y del monto. Por ejemplo, están exentos los donativos entre cónyuges y los que reciben los descendientes de sus ascendientes en línea recta, sin importar su monto. Para otros donativos existen límites específicos. Por eso, herencia y donación no deben tratarse exactamente de la misma manera.
El error que puede tener consecuencias fiscales ante el SAT
Uno de los principales descuidos consiste en recibir una cantidad importante y no informarla cuando existe obligación de hacerlo. La Ley del ISR establece que las personas físicas cuyos ingresos totales del ejercicio superen 500 mil pesos deben declarar también determinados ingresos exentos, entre ellos las herencias o legados.
Además, el SAT contempla específicamente que cuando una persona recibe únicamente herencias o legados por más de 500 mil pesos, debe cumplir con las obligaciones correspondientes ante el RFC.
Aquí existe una diferencia importante respecto de una cifra que suele circular: los 600 mil pesos corresponden a la obligación de informar préstamos, donativos y premios, de acuerdo con el artículo 90 de la Ley del ISR. Para herencias y legados, la regla de información de ingresos exentos se relaciona con el umbral de 500 mil pesos de ingresos totales.
¿Cómo se declara una herencia?
Cuando corresponda informar la herencia, el contribuyente debe incluirla en el apartado de “Datos informativos” de la Declaración Anual del SAT, dentro de la sección destinada a otros ingresos exentos.
La propia guía del SAT contempla un campo específico para capturar “Herencias o legados”, junto con otros conceptos como préstamos, donativos, premios y la enajenación de casa habitación.
Esto no significa que automáticamente se calcule ISR sobre el monto heredado. Se trata de informar al fisco que esos recursos fueron recibidos y que tienen un origen que la legislación considera exento.
¿Qué documentos debes guardar?
La documentación es fundamental para demostrar el origen del patrimonio. En una herencia pueden ser relevantes el testamento, la resolución o trámite sucesorio, el acta de adjudicación y los documentos que acrediten la transferencia de los bienes o recursos. Si se recibe dinero mediante una transferencia bancaria, también conviene conservar los estados de cuenta y comprobantes que permitan relacionar el depósito con la adjudicación de la herencia.
En el caso de inmuebles, las escrituras y documentos notariales son especialmente importantes. Esto permite mantener una trazabilidad entre el patrimonio que pertenecía al fallecido y el que posteriormente pasó al heredero.
¿Qué pasa si recibes una herencia y no la informas?
El hecho de que una herencia sea exenta no significa que pueda ignorarse una obligación de información. El artículo 150 de la Ley del ISR establece que quienes superen el umbral correspondiente deben declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos determinados ingresos por los que no se paga impuesto.
Además, si posteriormente depositas, inviertes o utilizas grandes cantidades, contar con documentos que expliquen el origen de los recursos puede ser determinante para responder ante una eventual revisión fiscal.
Por ello, recibir una herencia no debería generar temor al SAT, pero sí exige orden documental y cumplimiento fiscal. La mejor forma de evitar que un patrimonio familiar termine convertido en un problema es conservar las pruebas de la adjudicación, informar los ingresos exentos cuando corresponda y distinguir correctamente entre una herencia, un legado y una donación.
