Prestaciones laborales no excentas en la declaración anual 2026

Prestaciones laborales y declaración anual 2026: conoce qué parte del aguinaldo y la PTU paga ISR, los límites de UMA 2025 y cómo evitar pagar de más.

Prestaciones laborales declaración anual 2026: lo que grava el ISR y lo que está exento

Prestaciones laborales declaración anual 2026: límites ISR y cómo evitar pagar de más

Prestaciones laborales declaración anual no es un tema menor si vas a presentar tu Declaración Anual en 2026. Muchos trabajadores creen que el aguinaldo o la PTU “ya pagaron impuestos” y no vuelven a revisarlos. Ese error puede hacer que aceptes datos precargados incorrectos o que no entiendas por qué tu saldo cambia.

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Piensa en tus prestaciones como una canasta con doble fondo. Una parte está protegida y no paga Impuesto Sobre la Renta (ISR). La otra sí es gravable. Si no sabes dónde termina una y empieza la otra, podrías pagar de más o no detectar inconsistencias en tu visor de nómina.

Qué parte del aguinaldo y la PTU paga impuestos

La Ley del ISR establece exenciones usando la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el ejercicio fiscal correspondiente. Para 2025, los valores aplicables son:

UMA diaria 2025: 113.14 pesos
UMA anual 2025: 41,273.52 pesos

Con base en eso, los montos exentos son:

Aguinaldo: 30 UMA diarias (3,394.20 pesos)
PTU: 15 UMA diarias (1,697.10 pesos)
Prima vacacional: 15 UMA diarias (1,697.10 pesos)
Prima dominical: 1 UMA diaria por domingo laborado

Todo lo que supere esos límites es ingreso gravable y forma parte de la base anual del ISR.

Ejemplo práctico: si recibiste 20,000 pesos de aguinaldo en 2025, solo 3,394.20 están exentos. El resto, 16,605.80 pesos, sí se integra como ingreso acumulable para efectos del cálculo anual.

Eso impacta directamente en tu tasa efectiva. Si tus ingresos totales suben de rango en la tabla anual del artículo 152 de la LISR, podrías terminar pagando un ajuste adicional o recibir menos saldo a favor.

Si detectas que tu visor incluye montos distintos a tus recibos de nómina, no aceptes la precarga sin revisar.

Cómo aparecen en tu declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya tiene estos datos porque tu patrón los reportó mediante Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina.

Antes de enviar tu declaración, puedes revisar el visor de comprobantes de nómina. Ahí verás:

Ingresos ordinarios
Prestaciones extraordinarias
Retenciones provisionales de ISR

La declaración anual precarga esa información. Puedes aceptarla o modificarla manualmente si detectas errores.

Lo que pocos revisan es que las retenciones provisionales hechas por la empresa no siempre coinciden con el cálculo anual definitivo. El patrón retiene con tablas quincenales o mensuales, pero el ajuste real se hace con la tarifa anual.

Por eso algunos trabajadores descubren en abril que deben pagar una diferencia, aun cuando “siempre les retuvieron”.

Qué está realmente en juego

Lo que está en juego es tu saldo a favor, tu flujo de efectivo y tu tranquilidad fiscal.

Si tu aguinaldo, PTU y otras prestaciones elevaron tu ingreso anual, podrías:

Cambiar de rango en la tarifa anual
Reducir o eliminar tu saldo a favor
Tener que pagar diferencia

También existen otras exenciones relevantes:

Tiempo extra: 50% exento
Indemnización: 90 UMA diarias por año de servicio
Jubilación en parcialidades: 15 UMA anuales
Jubilación pago único: 90 UMA anuales

En montos altos, el impacto puede ser significativo. Por ejemplo, un trabajador con ingresos anuales cercanos al límite de un tramo puede cruzarlo con la suma de prestaciones y pagar miles de pesos adicionales.

No es que el SAT esté cobrando doble. Es que el cálculo anual es global y acumulativo.

Comparativa estratégica antes de enviar tu declaración

Opción A: Aceptar la precarga sin revisar
Ventaja: Rapidez.
Riesgo: Errores en montos o conceptos que pueden costarte dinero.

Opción B: Revisar visor de nómina y comparar con recibos
Ventaja: Detectas inconsistencias y confirmas exenciones.
Riesgo: Toma tiempo, pero reduce errores.

Opción C: No presentar declaración si crees que “todo ya está retenido”
Ventaja: Evitas el trámite.
Riesgo: Multas, pérdida de saldo a favor o problemas futuros.

La opción más segura es revisar cada prestación contra los límites de UMA vigentes en 2025 y confirmar que las retenciones coincidan con tus ingresos reales. Donde más se pierde dinero es en la falta de revisión, no en el impuesto mismo.

Qué hacer desde hoy

Antes de abril:

Descarga tus recibos de nómina 2025
Consulta el visor del SAT
Verifica montos exentos y gravables
Confirma retenciones acumuladas

Si recibiste prestaciones altas o indemnizaciones, considera asesorarte para verificar que la aplicación de exenciones sea correcta.

La declaración anual no es un trámite automático. Es el momento en que se ajusta todo el año fiscal. Revisar hoy puede evitarte pagar de más mañana.

Nota: Los datos presentados son informativos con referencia a febrero de 2026. Las condiciones pueden variar según el contexto y la situación del contribuyente. La decisión final es responsabilidad del lector.

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