¿Cuánto dinero puedes transferir a un familiar sin que te busque el SAT?

Transferir dinero a un familiar no genera impuestos automáticamente. Conoce cuándo puede ser donativo, préstamo o ingreso ante el SAT.

¿Cuánto dinero puedes transferir a un familiar sin que te busque el SAT?
¿Cuánto dinero puedes transferir a un familiar sin que te busque el SAT?

Enviarle dinero a un familiar por transferencia bancaria es una operación habitual, pero existe una duda que se repite cada vez que se mueve una cantidad importante: ¿cuánto dinero se puede transferir a un familiar sin tener problemas con el SAT?

Lo primero que debes tener en cuenta es que no existe una cantidad única. Lo importante es determinar qué representa ese dinero, quién lo recibe y si existe una obligación de informar la operación.

¿El SAT cobra impuestos por transferir dinero a un familiar?

Una transferencia bancaria entre familiares no se convierte automáticamente en un ingreso gravado por el simple hecho de aparecer en una cuenta bancaria.

Además, es importante no confundir las transferencias electrónicas con los depósitos en efectivo. El propio SAT señala que los movimientos realizados mediante transferencias electrónicas no se consideran depósitos en efectivo para efectos del reporte bancario correspondiente.

El famoso límite de 15 mil pesos mensuales corresponde a depósitos en efectivo acumulados en las cuentas de un contribuyente dentro de una misma institución financiera. Son los bancos quienes tienen la obligación de proporcionar esa información al SAT cuando se rebasa el monto establecido. Por ello, recibir una transferencia electrónica de 20 mil, 50 mil o una cantidad mayor no significa por sí mismo que tengas que pagar impuestos.

¿Qué pasa si el dinero es un donativo?

Aquí sí importa el parentesco. La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que están exentos los donativos entre cónyuges y los que reciben los descendientes de sus ascendientes en línea recta, cualquiera que sea su monto. En términos sencillos, esto contempla, por ejemplo, las cantidades que un padre entrega a un hijo.

También contempla los donativos que reciben los ascendientes de sus descendientes en línea recta, aunque en este caso existen condiciones específicas relacionadas con el destino posterior de los bienes recibidos.

Para otros donativos, la Ley establece un límite de exención y el excedente puede quedar sujeto al ISR. Por eso, no es correcto afirmar que hermanos, tíos o primos pueden recibir hasta “tres UMAs anuales” sin consecuencias fiscales. La disposición fiscal vigente utiliza como referencia tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

¿Y si el dinero es un préstamo?

Un préstamo familiar tampoco debe confundirse con un ingreso por el que automáticamente tengas que pagar ISR. Sin embargo, cuando se trata de cantidades importantes, lo recomendable es poder demostrar que efectivamente fue un préstamo y no un pago, una venta o algún otro ingreso.

Por eso conviene elaborar un contrato sencillo en el que se especifique quién presta el dinero, quién lo recibe, cuánto se entrega y cuáles son las condiciones para devolverlo. También es importante conservar los comprobantes de las transferencias y, cuando se realicen los pagos para devolver el dinero, guardar esos movimientos bancarios.

¿A partir de cuánto tengo que informar al SAT?

Existe una regla que sí establece una cantidad concreta. El artículo 90 de la Ley del ISR señala que las personas físicas residentes en México deben informar en su declaración anual los préstamos, donativos y premios obtenidos durante el año cuando, individualmente o en conjunto, excedan de 600 mil pesos.

Esto es importante porque informar no significa necesariamente pagar ISR por todo ese dinero. Por ejemplo, si un padre presta a su hijo 700 mil pesos, la operación no se convierte automáticamente en una ganancia gravable de 700 mil pesos. Sin embargo, al superar el umbral establecido, existe una obligación de informar el préstamo en la declaración anual.

¿El SAT revisa las transferencias frecuentes?

Una transferencia aislada no determina por sí misma que exista una irregularidad. Lo que puede generar dudas es que los movimientos bancarios no correspondan con la situación fiscal del contribuyente o que no pueda explicarse de dónde provienen los recursos.

Por eso, si una persona recibe constantemente dinero de distintos familiares, es recomendable conservar evidencia del motivo de cada operación.

El concepto de la transferencia puede ayudar a identificarla, pero escribir “donativo” no convierte automáticamente el movimiento en una donación para efectos fiscales. La naturaleza real de la operación debe poder acreditarse con documentación. Si realmente se trata de un préstamo, lo recomendable es que el contrato y los movimientos bancarios sean congruentes con esa explicación.

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